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Organización y funcionamiento de la administración pública (Ley 489 de 1998)
Principios de la Función Administrativa
La ley establece que la administración no puede actuar al azar; debe regirse por:
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Buena fe: Se presume que los ciudadanos y funcionarios actúan honestamente.
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Coordinación: Las entidades deben trabajar juntas y no como islas independientes.
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Descentralización: Delegar funciones de la Nación a las regiones.
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Delegación: Cuando un jefe transfiere funciones a sus subalternos para ganar agilidad.
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Desconcentración: Traslado de funciones a oficinas regionales de la misma entidad (ej. una sede territorial de una entidad nacional).
Herramientas de Gestión y Control
Esta ley introdujo conceptos modernos para la época que hoy son fundamentales:
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Sistema Nacional de Control Interno: Refuerza lo que vimos en la Ley 87 de 1993.
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Sistema de Desarrollo Administrativo (SDA): El antecedente de lo que hoy conocemos como MIPG, enfocado en mejorar la calidad de la gestión pública.
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Banco de Éxitos: Para documentar y replicar las mejores prácticas de las entidades.


